top of page

NIEGA VELATORIOS FUNEZA QUE HAYA ACTUADO MAL CON EL SEPELIO DE LA SEÑORA RUFINA

29 jun 2021
2 min de lectura

Actualizado: 29 jun 2022

Por: Maria del Carmen Salazar Estrada

29/06/21.- Luego de que pasara una semana de haber fallecido la señora Rufina Palacios, su cuerpo no pudo descansar en paz en un cementerio, por un supuesto error en su acta de nacimiento, que data del año 1933.



Dicha equivocación, al parecer no fue detectada en su momento por la Velatorios Funeza, lo cual ocasionó que el cuerpo de la hoy difunta no tuviera cristiana sepultura y por consiguiente tampoco la pudieron ver sus familiares, hecho por el cual en las afueras de las instalaciones familiares de Rufina señalaban que esa empresa solamente lucraba con el dolor de las familias, además de defraudarlos ya que tenían el cuerpo de la señora en calidad de desconocido y no aparecía el cuerpo, ello sin recibir ningún tipo de información.



Debido a lo anterior, la agencia funeraria por medio de un comunicado detalló que todo fue una confusión y que ellos cumplirían con el contrato que tiene firmado con la familia, no obstante, el cuerpo de Doña Rufina no lograba descansar en paz en un cementerio.


Cabe destacar, que tras tener sellos de suspensión de PROFECO, Velatorios Funeza, explicó que el pasado 22 de junio dio inicio su proceso de asesoria, dando de alta el servicio y durante ese lapso los familiares proporcionaron los documentos solicitados por la agencia funeraria a efecto de hacerlos llegar al médico certificante para el debido llenado del certificado de defunción.


Acto seguido, el cuerpo de la difunta fue llevado a la sucursal para su arreglo estético y colocación en ataúd como parte de los servicios adquiridos en el contrato, por lo que se llevó a cabo la instalación del servicio funerario en el domicilio para su velación, tal y como lo solicitó la familia.


No obstante, para el día 23 de junio tramitología informó que los datos de la finada no eran correctos ya que había un error en el acta de nacimiento y en el CURP, los cuales al haberlos presentado en el Registro Civil, no fueron admitidos, ya que ambos contaban con una inconsistencia en la fecha de nacimiento de la persona finada, por tal razón no se pudo iniciar ningún proceso y la inconsistencia reportada fue que la fecha de nacimiento era errónea, debido que la fecha de nacimiento estipulada era del 29 de febrero de 1933, la cual no existe, ya que ese año no fue bisiesto y así no era posible realizar ningún proceso (inhumación o cremación), hasta que contaran con la información subsanada y con el visto bueno de las autoridades

 
 
 

Comentarios

Obtuvo 0 de 5 estrellas.
Aún no hay calificaciones

Agrega una calificación

© 2026 El Veraz sin Censura Todos los Derechos Reservados

bottom of page