INICIA EL TRÁMITE MASIVO DE LA CURP BIOMÉTRICA EN MÉXICO

*“A partir de este 16 de octubre, las personas que lo decidan podrán acudir a la toma de datos biométricos o hacerlo electrónicamente”
*El trámite para la CURP biométrica podrá hacerse en 145 módulos del Renapo o en línea mediante la plataforma digital Llave MX.
La Clave Única de Registro de Población (CURP), que durante varios años ha sido un requisito indispensable para llevar a cabo trámites oficiales en México, dará un paso hacia la era digital con la implementación de datos biométricos, como huellas dactilares, escaneo de iris y fotografía del rostro.
Por lo anterior, a partir de octubre de 2025, la CURP biométrica comenzará a funcionar como un documento nacional de identificación, con validez como la credencial del INE o al pasaporte.
No obstante, los ciudadanos no deberán tramitarla de inmediato, ya que será de manera gradual, y aunque su aceptación por parte de las dependencias será obligatoria, su expedición seguirá siendo voluntaria para la población.
En tanto, lo que dice la ley sobre la CURP biométrica, el pasado 16 de julio de 2025 el Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó el decreto que reforma la Ley General de Población, creando oficialmente la CURP biométrica, un documento que integrará por primera vez elementos de identificación física y digital.
Entonces la CURP biométrica será el documento nacional de identificación obligatorio, de aceptación universal y obligatoria en todo el territorio nacional, y estará disponible en formato físico y digital, así lo establece el decreto.
Aunque la ley ya fue aprobada, su implementación depende de la creación de la Plataforma Única de Identidad, un sistema digital que centralizará los datos personales y biométricos de los mexicanos.
Y la plataforma debería estar lista a más tardar el 14 de octubre de 2025, es decir, 90 días después de la publicación del decreto. A partir de esa fecha, todas las dependencias de gobierno estarán obligadas a aceptar la CURP biométrica como medio de identificación oficial, ya que busca unificar todos los registros personales en un sólo sistema digital.
¿Qué información incluirá la nueva CURP biométrica?
Nombres y apellidos completos
Fecha y lugar de nacimiento
Sexo o género
Nacionalidad
Fotografía digital del titular
Huellas dactilares de ambas manos
Escaneo de iris de ambos ojos
Firma electrónica
Con toda la información que contendrá permitirá que la CURP funcione no solo para trámites gubernamentales, sino también para autenticación digital en servicios privados, como banca, educación o salud.
La Plataforma Única de Identidad será administrada por la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, que se encargará de resguardar los datos y permitir su validación en tiempo real.
¿Dónde se podrá tramitar la CURP biométrica?
El Registro Nacional de Población (Renapo) informó que la CURP biométrica podrá tramitarse de manera presencial y en línea.
Presencialmente, se habilitarán 145 módulos en todo el país, ubicados principalmente en
Los registros civiles de cada entidad federativa.
Las oficinas del Renapo en las capitales estatales.
Las instalaciones de la Secretaría de Gobernación (Segob), especialmente en la Ciudad de México, donde ya está el módulo piloto que se encuentra en Calle Londres 102, Colonia Juárez, Alcaldía Cuauhtémoc, CDMX, y los interesados deberán agendar una cita en citas.renapo.gob.mx.
Estos módulos comenzarán a operar a partir del 16 de octubre de 2025, fecha oficial de activación del nuevo documento.
En línea, el trámite se podrá realizar a través de la plataforma Llave MX, siempre que los datos biométricos del ciudadano ya hayan sido registrados por dependencias como el INE, el SAT o la Secretaría de Relaciones Exteriores
En lo que se refiere al registro para niñas, niños y adolescentes iniciará el 13 de noviembre, cuando comenzará la toma de huellas y fotografías infantiles.
Pero, sin duda es uno de los puntos más relevantes del decreto es la incorporación de los datos biométricos de niñas, niños y adolescentes al Registro Nacional de Población, por lo que la Secretaría de Gobernación tiene 120 días naturales a partir de la publicación en el DOF para implementar este programa, lo que significa que el plazo vence el 13 de noviembre de 2025
Según el Artículo 91 Bis de la Ley General de Población, la CURP biométrica será: “El documento nacional de identificación obligatorio, de aceptación universal y obligatoria en todo el territorio nacional”.
Durante ese periodo se definirán los mecanismos y protocolos de seguridad para garantizar que la captura y resguardo de los datos biométricos de los menores se realice bajo estrictas medidas de protección.
Sin embargo, en agosto de 2025, la presidenta de México, Claudia Sheinbaum mencionó en la mañanera que el documento no era obligatorio: “No, en la ley no está obligatoria, es opcional, o sea, la gente decide si da sus datos o no. Como en cualquier caso, uno decide si da tus datos personales o no a partir de lo que ofrece, digamos, la opción de tener una identidad. Así está en la ley y así es”.
No obstante, será indispensable para cualquier trámite y a partir del próximo año, todas las dependencias públicas y privadas podrán solicitar la CURP biométrica, conforme al Artículo 91 Sexies de la misma ley.
“Todo ente público o particular estará obligado a solicitar la Clave Única de Registro de Población para la prestación de sus trámites y servicios”.
Expertos, como José Flores, de la Red en Defensa de los Derechos Digitales, advierten que “Todos los proveedores de servicios públicos y privados tendrán que exigirla, es un documento en el que gradualmente nos vamos a mover a que se nos pida para prácticamente cualquier actividad que hagamos”.
Sin embargo, también advierte José Flores, que, si no se tramita la CURP podría impedir utilizar algunos servicios o efectuar trámites por lo que será necesaria la CURP biométrica.
Los riesgos en el manejo de datos personales
Especialistas en derechos digitales, como Leopoldo Maldonado, de Artículo 19, han expresado su preocupación sobre el resguardo de la información biométrica, “Seguimos sin saber quiénes son los proveedores del servicio, cómo se va a garantizar el resguardo de nuestros datos, cómo se va a garantizar que se hagan de transferencias indebidas o, peor aún, robo de bases de datos”.
En tanto, Norma Julieta del Río, excomisionada presidenta del INAI, advirtió; “Con el iris pueden abrir todos los secretos que tú tengas y se rompe la privacidad de los seres humanos en este país”.
En lo que respecta a las sanciones para quienes no la adopten
El artículo 114 Bis de la Ley General de Población establece sanciones para las instituciones que no incorporen la CURP biométrica en sus procesos administrativos.
"Las autoridades de los tres órdenes de gobierno y particulares que incumplan con las obligaciones previstas serán sancionadas con multas de 10 mil a 20 mil veces el valor diario de la UMA."
Esto implica que cualquier dependencia o empresa que rechace la CURP biométrica podría enfrentar multas superiores a dos millones de pesos, dependiendo del valor vigente de la UMA.
Las fechas para tramitar la CURP biométrica en México serán:
Publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF): 16 de julio de 2025
Plazo máximo para la Plataforma Única de Identidad: 14 de octubre de 2025
Inicio de aceptación obligatoria por dependencias: 16 de octubre de 2025
Plazo para programa de biométricos de menores: 13 de noviembre de 2025
A pesar de que en octubre comenzará la fase de aceptación y operación de los módulos, el trámite no será obligatorio y podría extenderse de forma gradual durante 2026


Comentarios